Corte Suprema ratifica anulación de Línea de Alta Tensión del Embalse Punilla por ilegalidades ambientales
La Corte Suprema confirmó la sentencia del Tercer Tribunal Ambiental de Valdivia, anulando la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) del proyecto de 23 kilómetros de torres de alta tensión que pretendía instalarse en la zona cordillerana de San Fabián, Región de Ñuble. La decisión representa un hito en la defensa del territorio y el medioambiente, dando término a una lucha legal y comunitaria que se extendió por casi ocho años.
El proyecto, cuyo titular es el Ministerio de Obras Públicas, formaba parte clave de la infraestructura asociada al cuestionado proyecto hidroeléctrico Embalse Punilla. La línea de alta tensión buscaba abastecer la central hidroeléctrica incorporada a dicho embalse, intervención que fue severamente cuestionada por comunidades locales y organizaciones socioambientales.
La Corte ratificó que la aprobación ambiental del proyecto se realizó con manifiestas ilegalidades, especialmente en lo referido a su emplazamiento en un área de alto valor ecológico. Entre los argumentos considerados por el tribunal destacan los impactos significativos sobre especies amenazadas como el huemul, además de deficiencias metodológicas graves en las medidas de compensación propuestas, la línea de base de flora y vegetación, y la evaluación de impactos sobre aves y actividades turísticas vinculadas al turismo de naturaleza.
Ricardo Frez, abogado de la ONG Defensa Ambiental, señaló que esta sentencia confirma lo que ya había determinado el Tribunal Ambiental: “La Corte Suprema ratifica lo resuelto por el Tribunal Ambiental de Valdivia y establece que la aprobación de la línea de transmisión del proyecto se realizó incumpliendo una serie de estándares y normativas ambientales, razón por la cual era necesario anularla”.
Los impactos más alarmantes asociados al proyecto incluían la fragmentación de hábitats, alteración de ecosistemas de gran valor, daño al paisaje natural de la cordillera y consecuencias sinérgicas con otros proyectos hidroeléctricos proyectados para la zona.
“Entendemos que actualmente la variable de la hidroelectricidad sería opcional. Es decir, el Embalse Punilla podría construirse únicamente como un embalse de riego, sin incluir la generación hidroeléctrica. Valoramos esto y lo consideramos una primera gran victoria”, agregó el abogado.
Esta victoria jurídica representa un logro colectivo de vecinas y vecinos de San Fabián, junto al Movimiento Social en Defensa del Río Ñuble, quienes desde hace años han advertido sobre las consecuencias de intervenir este frágil territorio cordillerano.
Con esta decisión, el proyecto del Embalse Punilla pierde una de sus piezas claves, como lo era su conexión energética. Si el Estado quisiera insistir en su ejecución, deberá presentar un nuevo Estudio de Impacto Ambiental (EIA) o reformular completamente el proyecto, eliminando la componente hidroeléctrica y transformándolo exclusivamente en un embalse de riego.
“Aún no sabemos cómo se desarrollará el proceso. Estamos a la espera de ver si se concreta la licitación que el Ministerio de Obras Públicas ha anunciado para el mes de julio. En cualquier caso, es sumamente significativo que ya se haya ratificado que la línea de transmisión del proyecto Punilla no va”, concluyó Frez.
Esta sentencia no solo pone freno a una intervención ambiental dañina, sino que marca un precedente relevante en la defensa de los ecosistemas cordilleranos del Ñuble y del derecho de las comunidades a decidir sobre su territorio.